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miércoles, 20 de mayo de 2026

CONSTITUCIÓN APOSTÓLICA


GREGORIVS, EPISCOPUS
SERVVS SERVORVM DEI
AD PERPETVAM REI MEMORIAM

A los venerables hermanos cardenales, obispos, presbíteros y diáconos; a los religiosos, religiosas y a todo el Pueblo santo de Dios: salud y bendición apostólica.

I. PRÓLOGO

La Santa Iglesia Católica, fundada por Nuestro Señor Jesucristo sobre el fundamento de los Santos Apóstoles y sostenida por la sucesión apostólica bajo la autoridad del Romano Pontífice, tiene la misión de conducir al Pueblo de Dios por el camino de la verdad, custodiar la comunión eclesial y proveer diligentemente al bien espiritual de los fieles.

Corresponde al Sucesor del bienaventurado Apóstol Pedro erigir Iglesias particulares, proveer Pastores legítimos para el cuidado de las almas y restaurar la comunión y el ejercicio ministerial de quienes son llamados nuevamente al servicio de la Iglesia.

El ministerio episcopal, recibido válidamente mediante la imposición de las manos y la gracia del Espíritu Santo, constituye la plenitud del sacramento del Orden y configura al Obispo con Cristo Pastor, haciéndolo maestro de la fe, santificador del Pueblo de Dios y principio visible de unidad en la Iglesia particular confiada a su cuidado.

II. CONSIDERANDO

Que resulta conveniente proveer adecuadamente al cuidado pastoral de los fieles pertenecientes a la región de Aparecida;

Que el crecimiento espiritual y pastoral de dicha comunidad requiere una estructura eclesiástica estable y legítimamente constituida;

Que nuestro venerable hermano Alex Ochoa, habiendo manifestado voluntad de comunión eclesial, fidelidad a la Santa Iglesia y disposición renovada para el servicio pastoral, puede ser nuevamente admitido al ejercicio pleno del ministerio episcopal;

Que sus cualidades pastorales y experiencia ministerial lo hacen apto para asumir el cuidado de una nueva Iglesia particular;

Y habiendo invocado la asistencia del Espíritu Santo y escuchado el parecer de quienes corresponde;

III. DECRETAMOS

Por la plenitud de Nuestra Autoridad Apostólica, decretamos y establecemos lo siguiente:

Artículo I

Que la región de Aparecida sea legítimamente erigida y constituida como:

DIÓCESIS DE APARECIDA

con todos los derechos, obligaciones y privilegios establecidos por el Derecho Canónico y las normas de la Santa Iglesia.

Artículo II

Que la sede episcopal quede establecida en la ciudad de Aparecida, teniendo como iglesia catedral la que legítimamente sea designada conforme a las normas eclesiásticas.

Artículo III

Que nuestro venerable hermano Alex Ochoa sea legítimamente rehabilitado en el pleno ejercicio del ministerio episcopal y restituido a la comunión activa y al ejercicio pastoral conforme a las disposiciones de la Iglesia.

Artículo IV

Que el mencionado prelado sea nombrado y constituido:

OBISPO DIOCESANO DE APARECIDA

con todos los derechos, deberes y facultades correspondientes al oficio episcopal.

Artículo V

Que el nuevo Obispo Diocesano ejerza su ministerio con fidelidad doctrinal, prudencia pastoral, caridad fraterna y obediencia al Romano Pontífice, promoviendo siempre la unidad de la Iglesia y el bien espiritual de los fieles.

Artículo VI

Que todos los fieles, clérigos, religiosos y laicos pertenecientes a la nueva diócesis reconozcan y respeten la autoridad legítimamente constituida mediante este decreto y colaboren activamente en la misión evangelizadora de la Iglesia.

IV. SOBRE LOS FIELES

Exhortamos paternalmente al Pueblo santo de Dios perteneciente a la nueva Diócesis de Aparecida a perseverar firmemente en la fe católica, conservar la comunión eclesial y vivir auténticamente la caridad cristiana.

Asimismo, invitamos a todos a elevar constantes oraciones por su nuevo Pastor, para que el Espíritu Santo fortalezca su ministerio y haga fecunda la misión evangelizadora de esta nueva Iglesia particular.

V. EXHORTACIÓN

Con espíritu apostólico exhortamos al querido hermano Alex Ochoa a ejercer el ministerio episcopal con humildad, prudencia y fidelidad absoluta a la Santa Iglesia.

Que recuerde siempre que el episcopado no constituye un honor mundano, sino una entrega total al servicio de Cristo y de las almas.

Que la Bienaventurada Virgen María, venerada bajo la advocación de Nuestra Señora Aparecida; los santos Apóstoles Pedro y Pablo; y todos los santos del cielo intercedan por esta nueva Iglesia particular y por su Obispo.


Datum Romae, apud Sanctum Petrum, die XX mensis Maii, Anno Sancto Iubilaei MMXXVI, primo Pontificatus Nostri.

Gregorivs pp. 
Pontífice Máximo

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